Decreto-Ley Imperial N°10.121: (Circuncisión
del Señor).
Artículo único: Celébrese
normalmente el día de obligación de la Circuncisión del Señor, de acuerdo al
calendario del Papa León XIII y del Filete Archival Legal N°10.121/1100.
Fuente: El Debate Público, CELTIC.
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